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Ordenanza Nro. 5292 CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 - H.C.D. 254/25.- V I S T O: CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza 4507 sancionada por este Honorable Cuerpo plantea modificaciones en la ordenanza 4199/13.- Que, este Cuerpo considera necesario plantear modificaciones en la Ordenanza que regula la actividad político electoral en el Partido de Zarate articulando la vida de los vecinos.- Que, resulta oportuno establecer criterios claros para el retiro de propaganda política una vez finalizados los actos electorales.- Que, las intervenciones sobre bienes públicos o privados deben contar con la debida autorización, resguardando el planeamiento urbano, el patrimonio y la propiedad, y ser acordes a los principios convivencia ciudadana.- Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 5292.- ARTÍCULO 1º.- Derógar el Articulo 1º de la Ordenanza 4507.- ARTÍCULO 2º.- Modificar el Inciso 20º del Artículo 9º de la Ordenanza 4199/13 que quedará redactado de la siguiente manera: "Establecer que los partidos políticos y/o frentes electorales dispondrán de un plazo máximo de siete (7) días corridos posteriores a la realización del acto electoral para retirar la cartelería, pasacalles, pancartas y todo tipo de elemento de difusión política ubicado en espacios públicos del Partido de Zárate".- ARTÍCULO 3º.- Modifícar el Articulo 6º de la Ordenanza 4507 el que quedara redactado de la siguiente forma:"Articulo 6º: Se podrá realizar la colocación de carteles libros; pizarras en las veredas en tanto no se impida ni restrinja la circulación de los peatones".- ARTÍCULO 4º.- Modificar el Artículo 5º, de la Ordenanza 4507 el que quedara redactado de la siguiente forma: "Articulo 5º.- El municipio podrá proceder al retiro inmediato de cualquier elemento de propaganda política que a su criterio obstaculice el funcionamiento de las cámaras de video vigilancia, afecte la visibilidad en las intersecciones , semáforos o señalética vial y que presente riesgo para la seguridad de las personas o bienes. Los elementos retirados serán puestos a disposición del partido o frente correspondiente por un plazo de 7 días hábiles. Transcurrido dicho termino, el Municipio podrá disponer su tratamiento conforme a las disposiciones vigentes".- ARTÍCULO 5º.- A los fines prácticos de la presente Ordenanza se considera uso indebido del espacio público cualquier intervención que no respete lo dispuesto en el Código de Planeamiento Urbano vigente o que se realice sin la correspondiente autorización de la autoridad de aplicación de la presente.- ARTÍCULO 6º.- Las conductas que se aparten de la presente ordenanza podrán ser pasibles de las sanciones previstas en el régimen contravencional municipal, sin perjuicio de otras acciones que pudieran corresponder.- ARTÍCULO 7º.- Dese a difusión de la presente en los medios audiovisuales y portales informativos web de la zona.- ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los ocho días del mes de Agosto de dos mil veinticinco.-
DR. LIPSZYC, MARTÍN SR. UNREIN, WALTER RICARDO |