Ordenanza Nro. 5232


40º ANIVERSARIO DEL INFORME DE LA CONADEP, "NUNCA MÁS".-
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 286/24.-

V I S T O:
La sanción de la Ley 15490 "Dia de la Endometriosis" y la Ley 15491 Tratamiento y Atención Integral, "Ley de Endometriosis", promulgada en el boletín oficial de la Provincia de Buenos Aires, el 29 de Julio del 2024; y.-

CONSIDERANDO:
Que, la endometriosis es una enfermedad ginecológica crónica, estrógeno dependiente e inflamatoria, que genera la implantación y crecimiento benigno de tejido endometrial por fuera del útero, afectando en mayor medida ovarios y trompas de Falopio, y el Tejido que recubre la pelvis y que librada a su progresión natural muy frecuentemente termina comprometiendo vejiga, pulmones, entre otros órganos.-

Que, una de cada diez mujeres padece esta enfermedad, y que demora aproximadamente entre 7 y 10 años en diagnosticarse.-

Que, es fundamental un diagnóstico temprano y una cobertura integral en todo el tratamiento, para mejorar la calidad de vida de las personas que lo padecen y así evitar la progresión de la enfermedad.-

Que, a pesar de carecer de datos oficiales se estima que en Argentina tres de cada diez personas con útero padecen de esta enfermedad.-

Que, Senado Bonaerense aprobó el miércoles 3 de Julio, el proyecto presentado por la senadora bonaerense de Unión por la Patria, Sofía Vannelli.-

Que, el derecho a la salud es uno de los Derechos Humanos de las Mujeres.-

Que, la presente ley, estipula que deberá establecer los Protocolos de Atención Primaria en los Centros de Salud, y en los efectores públicos con el objetivo de lograr el abordaje interdisciplinario, la detección temprana y eficaz de la enfermedad y derivar a las personas diagnosticadas o a las áreas correspondientes para su tratamiento.-

Que, la ley contempla el tratamiento, la cobertura dentro de un programa de salud y tendrá como objetivo adicional la generación de campañas y de herramientas estadísticas, para la investigación en busca de "mejorar" las condiciones del diagnóstico. Y prevé la cobertura médica integral del Instituto de Obra Medico Asistencia (IOMA), para quienes padezcan endometriosis y obliga a los efectores públicos brindar medicamentos, tratamientos, terapias hormonales anticonceptivos, diagnóstico por imagines, e intervenciones quirúrgicas relacionadas con la enfermedad.-

Que la Ley N° 15491 en su artículo 16, invita a los Municipios a su adhesión.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en el cuadragésimo aniversario del informe del "Nunca Jamás" y  en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº: 5232.-

ARTÍCULO 1º.- Institúyase el 14 de marzo "Día de la Endometriosis" en el Partido de Zarate, como una jornada de concientización, visibilización y prevención.-

ARTÍCULO 2º.- Dese a difusión a través de todos los medios de comunicación y portales informativos web del Partido de Zarate.-

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable  Concejo Deliberante  del Partido  de Zárate, a los diecinueve días del mes de Diciembre de dos mil veinticuatro.-



DR. LIPSZYC, MARTÍN
Secretario del H.C.D.
del Partido de Zárate

SR. UNREIN, WALTER RICARDO
Presidente del H.C.D.
del Partido de Zárate