Ordenanza Nro. 4952


CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 121/22.-

V I S T O:

La solicitud presentada por la Sociedad de Socorros Mutuos e Instrucción "Italia" de la Ciudad de Lima en la que solicitan la eximición del pago de las tasas municipales (Alumbrado e Higiene Urbana, Servicio Sanitario, Prevención y Control) Partidas 90240/90233/93296, y.-

CONSIDERANDO:
Que, es necesario atender a este requerimiento por parte de dicha entidad.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las facultades sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 4952.-

ARTÍCULO 1º.- El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de que se proceda a la eximición del pago de las tasas Municipales de Alumbrado e Higiene Urbana, Servicio Sanitario y Prevención y Control a la Sociedad de Socorros Mutuos e Instrucción "Italia" de la Ciudad de Lima Matricula B.A. 281, Registro Municipal Grupo B Nº 109, con domicilio en la Avenida 11 Nº 450 en la Ciudad de Lima, correspondiente a las Partidas 90240/90233/93296.-

ARTÍCULO 2º.- Envíese copia de la presente a la Sociedad de Socorros Mutuos e Instrucción "Italia" de la Ciudad de Lima.-

ARTÍCULO 3º.- Dese a difusión en todos los medios escritos, audiovisuales y portales informativos web del Partido de Zárate.-

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de  Sesiones del Honorable  Concejo Deliberante  del Partido  de Zárate, a los veintiún días del mes de Julio de dos mil veintidós.-