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Ordenanza Nro. 4952 CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 121/22.- V I S T O: La solicitud presentada por la Sociedad de Socorros Mutuos e Instrucción "Italia" de la Ciudad de Lima en la que solicitan la eximición del pago de las tasas municipales (Alumbrado e Higiene Urbana, Servicio Sanitario, Prevención y Control) Partidas 90240/90233/93296, y.- CONSIDERANDO: Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las facultades sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 4952.- ARTÍCULO 1º.- El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de que se proceda a la eximición del pago de las tasas Municipales de Alumbrado e Higiene Urbana, Servicio Sanitario y Prevención y Control a la Sociedad de Socorros Mutuos e Instrucción "Italia" de la Ciudad de Lima Matricula B.A. 281, Registro Municipal Grupo B Nº 109, con domicilio en la Avenida 11 Nº 450 en la Ciudad de Lima, correspondiente a las Partidas 90240/90233/93296.- ARTÍCULO 2º.- Envíese copia de la presente a la Sociedad de Socorros Mutuos e Instrucción "Italia" de la Ciudad de Lima.- ARTÍCULO 3º.- Dese a difusión en todos los medios escritos, audiovisuales y portales informativos web del Partido de Zárate.- ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los veintiún días del mes de Julio de dos mil veintidós.- |