Ordenanza Nro. 4913


CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 - H.C.D. 278/21.-

V I S T O:
El Expediente Municipal Nº 4121-3359/2021, y.-

CONSIDERANDO:
Que, de fs. 2 a 10 del Expediente citado en el Visto, se acompañanel Convenio Marco de Cooperación Institucional, Asistencia Técnica y Académica y el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica, suscriptosambos entre la Fundación Saber Cómo y la Municipalidad de Zárate, con fecha 29 de noviembre de 2021.-

Que, la Fundación Saber Cómo fue constituida el 20 de mayo de 2005 por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) con la misión de promover la transferencia de tecnología para la producción de bienes y servicios.-

Que, el objeto del Convenio Marco es desarrollar actividades de cooperación institucional, asistencia técnica y académica; brindar capacitación a empresas y a la comunidad en general; capacitación de recursos humanos, y todas aquellas actividades complementarias destinadas al desarrollo conjunto.-

Que, a su vez, el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica tiene como objeto la implementación, puesta en marcha y funcionamiento del Sistema de Estacionamiento Medido (SEM) en el marco del Programa de Seguridad Vial Municipal, a través de la asistencia técnica provista por el Programa de Formación y Gestión de la Seguridad Vial de la citada Fundación.-

Que, conforme lo dispuesto por el Artículo 41º del Decreto Ley 6.769/50 (Ley Orgánica Municipal), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar los Convenios que suscriba el Departamento Ejecutivo.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 4913.-

ARTÍCULO 1º.- RatifícanseelConvenio Marco de Cooperación Institucional, Asistencia Técnica y Académica y el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica, suscriptos entre la Fundación Saber Cómo, representada por su Presidente Sr. Lorenzo BECCARIA, y la Municipalidad de Zárate, representada por el Sr. Intendente Dn. Osvaldo Raúl CÁFFARO, con fecha 29 de noviembre de 2021, y que formanparte de la presente como ANEXOS I y II.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los tres días del mes de Diciembre de dos mil veintiuno.-


Dra.  MARÍA LAURA FANGIO
Secretario del H.C.D.
del Partido de Zárate

                  Ana Laura Allemann
                                         Presidente del H.C.D.
del Partido de Zárate


A N E X O  I

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓNINSTITUCIONAL, ASISTENCIA TÉCNICA
Y ACADEMICA ENTRE LA FUNDACIÓN SABER COMO Y LA MUNICIPALIDAD DE
ZÁRATE

Entre la MUNICIPALIDAD DE ZARATE con domicilio en la calle Rivadavia Nº 751 de Zárate, Provincia de BUENOS AIRES, representada en este acto por el Intendente Municipal, Don Osvaldo Raúl Galfaro, en adelante la «MUNICIPALIDAD", por una parte, y por la otra, la FUNDACIÓN SABER COMO, CUIT 30-70932783-2 con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en Av. Leandro Nicéforo Alem N° 1067 piso 7º, de ahora en adelante "LA FUNDACIÓN" convienen en celebrar el presente CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL, ASISTENCIA TÉCNICA Y ACADÉMICA, en adelante el CONVENIO, sujeto a las siguientes condiciones:

PRIMERA: El objeto del presente CONVENIO es desarrollar actividades de cooperación institucional, asistencia técnica y académica; brindar capacitación a empresas y a la comunidad en general; capacitación de recursos humanos, y todas aquellas actividades complementarias destinadas al desarrollo conjunto. Dicha cooperación podrá traducirse en cursos, pasantías, seminarios, conferencias, estudios, investigaciones, transferencia de tecnología, consultoría, asistencia técnica y/o asesoramiento o cualquier otra actividad que resulte conveniente para el cumplimiento de los fines mencionados.-

SEGUNDA: Dentro del marco de los objetivos del presente CONVENIO, las actividades previstas a desarrollarse, serán definidas y caracterizadas a través de la celebración de CONVENIOS ESPECÍFICOS, firmados entre las partes oportunamente se agregarán como anexos al presente. En los Convenios Específicos se establecerán los detalles de organización, realización y los recursos económicos necesarios para cumplir las finalidades específicas de los mismos, y serán suscriptos e informados con ajustes a las normas internas de organización y procedimiento establecidos por las partes en sus respectivos ámbitos.-

TERCERA: Cada parte firmante del presente CONVENIO asegurará a la otra parte, de todas las facilidades y elementos esenciales para el pleno seguimiento de las actividades a ser desarrolladas dentro del marco del presente convenio, en un todo de acuerdo con lo que se establezca en los Protocolos referidos.-

CUARTA: Los resultados parciales o definitivos obtenidos a través de las tareas programadas sólo podrán ser publicados con el previo acuerdo escrito de las partes, dejando constancia en las publicaciones de !a participación de las entidades firmantes y que los mismos fueron originados en el presente CONVENIO.-

QUINTA: La suscripción del presente CONVENIO no constituye impedimento alguno para que las partes signatarias puedan concretar convenios similares con otras instituciones o entidades interesadas en fines análogos.-

SEXTA: En todo hecho o circunstancia que tenga relación con este CONVENIO, las partes mantendrán la individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras técnicas y administrativas y asumirán por lo tanto las responsabilidades consiguientes que le sean propias.-

SEPTIMA: El presente CONVENIO tendrá una duración de cinco (5) años a partir de su firma y se considerará automáticamente prorrogado por igual periodo, si seis (8) meses antes de su vencimiento, ninguna de las partes declara su voluntad en contrario. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá rescindir el mismo mediante comunicación escrita en forma fehaciente, con una antelación de sesenta (60) días. Los planes de trabajo en ejecución caducarán según sus respectivos cronogramas.-

OCTAVA: Las partes signatarias se comprometen a resolver directamente entre ellas, por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos, diferencias y/o falta de entendimiento que pudieran surgir. En caso de persistir el desacuerdo, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A todos los efectos legales las partes constituyen domicilios en ¡os indicados arriba, donde se tendrán por válidas y eficaces todas las notificaciones y comunicaciones que se cursaren.-

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. En Zárate, a los veintinueve días del mes  de noviembre de 2021.-


Lorenzo Rodrigo BECCARIA
Presidente
Fundación Saber Cómo

Dra. LUCIA T: QUINTO
Directora de Asuntos Jurídicos


A N E X O  II

CONVENIO PE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ENTRE LA
MUNICIPALIDAD DE ZÁRATE Y LA FUNDACIÓN SABER CÓMO

Para te implementación, puesta en marcha y funcionamiento del Sistema de Estacionamiento Medido (SEM) en el marco del Programa de Seguridad Vial del Municipio de Zarate.-

En la Ciudad de Zárate, a ¡osadías del mes de noviembre de 2021, entre la MUNICIPALIDAD DE ZÁRATE con domicilio en la calle Rivadavia Nº 751 de Zárate, Provincia de BUENOS AIRES, representada en este acto por el Intendente Municipal, Don Osvaldo Raúl Galfaro, en adelante la "MUNICIPALIDAD", por una parte, y por la otra, la FUNDACIÓN SABER CÓMO, CUIT 30-70932783-2 con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en Av. Leandro Nicéforo Alem Nº 1067 piso 7º de ahora en adelante, "LA FUNDACIÓN" en este acto representada por su Presidente en calidad de Representante Legal, el Sr. Lorenzo Beccaria, denominadas en conjunto como las "PARTES" convienen celebrar el presente CONVENIO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA (en adelante, el "CONVENIO"), con sujeción a las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
El presente CONVENIO tiene por objeto la implementación, puesta en marcha y funcionamiento del Sistema de Estacionamiento Medido (SEM) en el marco del Programa de Seguridad Vial Municipal a través de la asistencia técnica provista por el Programa de Formación y Gestión de la Seguridad Vial de LA FUNDACIÓN, según lo descripto en el ANEXO I.-

CLÁUSULA SEGUNDA: DESCRIPCIÓN DE LAS TAREAS
En el marco del presente CONVENIO, la FUNDACIÓN brindará Asistencia Técnica sobre la temática descripta en la cláusula primera. La asistencia consistirá, a título enunciativo, en el desarrollo e implementación de un sistema de infracciones medido y la provisión de los equipos tecnológicos.-
A tales efectos la FUNDACIÓN, pondrá a disposición todo el personal y los medios de apoyo logística necesarios, para dar cumplimiento a la asistencia encomendada.-

CLÁUSULA TERCERA: PLAZO DEL CONVENIO
El plazo de vigencia del presente CONVENIO, se estipula en cinco años (5) contados a partir de la fecha de su suscripción, y será prorrogado automáticamente por periodos iguales, si ninguna de las PARTES manifiesta su voluntad en contrario con una antelación mínima de sesenta (60) días a la fecha de su vencimiento original o de cualquiera de sus prórrogas. Todos los plazos de este CONVENIO, se consideran en días corridos, salvo expresa disposición en contrario.-

CLÁUSULA CUARTA: UNIDAD DE COORDINACIÓN
A los efectos de la ejecución del presente CONVENIO, las PARTES acuerdan crear una Unidad de Coordinación conformada por un (1) representante de la FUNDACIÓN y un (1) representante del MUNICIPIO. Posterior a la firma del CONVENIO, las PARTES designarán mediante nota al Coordinador. Todo reemplazo de los representantes se perfeccionará mediante la comunicación fehaciente a la otra parte de! nuevo representante designado ante la Unidad de Coordinación. Las PARTES establecen que las comunicaciones que se dirijan con motivo de los servicios pautados en el presente CONVENIO, serán tomadas por válidas siempre que sean suscriptas por los coordinadores designados por las partes.

4.2. La Unidad de Coordinación estará asistida permanentemente por un Director de Proyecto designado por la FUNDACIÓN, que tendrá competencia para verificar, supervisar y coordinar la ejecución de las actividades a desarrollar en el marco del presente CONVENIO. El Director de Proyecto tendrá a su cargo la confección de los informes de avance de los trabajos realizados y de los documentos confeccionados por la FUNDACIÓN.

La aprobación de las contra prestaciones a cargo de la FUNDACIÓN, se instrumentará a través de actas suscriptas de conformidad por lo miembros de la Unidad de Coordinación, a la que se incorporarán como Anexo los informes de avances firmados por el Director de Proyecto.-

CLAUSULA QUINTA: CONTRAPRESTACIÓN
LAS PARTES acuerdan que ¡a FUNDACIÓN será acreedora de un monto equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de las sumas que se abonen en concepto de estacionamiento medido y por su parte la MUNICIPALIDAD, equivalente al veinticinco por ciento (25%) restante, a partir de la puesta en funcionamiento del presente, sumas que serán directamente distribuidas en forma automática por intermedio de la cuenta derivadora o el agente financiero interviniente.-

CLAUSULA SEXTA: FACTURACIÓN
La FUNDACIÓN, deberá presentar ante la MUNICIPALIDAD, en el lugar que a tal efecto la MUNICIPALIDAD, indique, la factura mensual correspondiente a los montos que le hayan sido transferidos en virtud de los servicios prestados en el marco del presente convenio.-

CLAUSULA SEPTIMA: INFORMACIÓN
La MUNICIPALIDAD, se compromete a brindar toda la información que sea requerida por la FUNDACIÓN, a efectos de dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por esta última en el marco del presente CONVENIO.-

CLAUSULA OCTAVA: DERECHOS SOBRE DOCUMENTACION E INFORMACIÓN
Los derechos sobre la documentación e información que se genere en cumplimiento de las tareas y actividades que especifica este CONVENIO, tanto en formato físico como digital, son confidenciales y de propiedad y uso conjunto de las PARTES. Cualquiera de las partes podrá indistintamente, previa autorización expresa de la otra, publicar los resultados de los trabajos realizados con fines de difusión y/o docencia, con la obligación de consignar la identidad de los autores y del organismo responsable de su ejecución, debiendo respetarse los datos e información correspondiente a terceros ajenos a este acuerdo. Los derechos intelectuales que pudieren originarse en este CONVENIO, en relación a los resultados parciales o definitivos que se logren, pertenecen a la FUNDACIÓN.-

CLAUSULA NOVENA: PERSONAL
LAS PARTES, acuerdan expresamente que las personas designadas por cada una de ellas para la ejecución de las tareas previstas en el presente, se encontrarán bajo la exclusiva responsabilidad de quien las designare, por lo que no se generarán obligaciones ni relaciones jurídicas de ningún tipo entre el personal afectado y ¡a otra parte del presente CONVENIO, sin perjuicio de lo establecido en la CLAUSULA DECIMO PRIMERA: TERMINACION. Por lo expuesto, las PARTES establecen que el personal requerido para el desarrollo de la presente tarea será provisto por la FUNDACIÓN.-

CLAUSULA DECIMA: TRANSFERENCIA
Las FUNDACIÓN, no podrá ceder ni transferir en todo o en parte los derechos y obligaciones adquiridas en el presente CONVENIO, salvo autorización expresa, de la MUNIC!PALIDAD.-

CLAUSULA DECIMA PRIMERA: TERMINACIÓN
En caso de incumplimiento grave de las obligaciones a cargo de las PARTES, la parte cumplidora podrá rescindir unilateralmente el presente CONVENIO, previa expresión de causa que así lo fundamente y concediendo un plazo de treinta (30) días para corregir los incumplimientos. En caso de que, transcurrido tal plazo, no se verifique la corrección, la parte cumplidora deberá notificar tal circunstancia en forma fehaciente a la otra con una antelación mínima de noventa (90) días, transcurrido el cual operará ¡a rescisión, sin que ello signifique la suspensión de las tareas y/o acciones programadas que se encuentren pendientes de ejecución en ese periodo y que no resulten especialmente rescindidos por ambas partes. La rescisión por cualquiera de las partes otorgará derecho a la otra parte de reclamar el resarcimiento correspondiente.-

CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA: NOTIFICACIONES
Se deja constancia que las notificaciones que deban efectuarse en relación al presente CONVENIO serán válidamente realizadas en forma escrita y en los domicilios denunciados por las partes en el encabezamiento, los cuales se constituyen en domicilios especiales a todos los efectos relativos al presente.-

CLAUSULA DECIMA TERCERA: FUERO O JURIDICCIÓN
En caso de que surgieran controversias en la interpretación del presente CONVENIO, "LAS PARTES" tratarán de solucionarlas de común acuerdo. Si pese a ello, las mismas, aun subsistieran, se acuerda someter estas a la competencia de los Juzgados Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Zárate, Provincia de Buenos Aires a los días..... del mes de....... de 2021.-



Lorenzo Rodrigo BECCARIA
Presidente
Fundación Saber Cómo  

Dra. LUCIA T: QUINTO
Directora de Asuntos Jurídicos


ANEXO  I

Implementación del Sistema de Estacionamiento Medido (S.E.M.).

1) Módulos del Sistema de Estacionamiento Medido:

a) SERVICIOS DE CONTROL:
Conjunto de servicios que permitirá la gestión del ecosistema de SEM, esto es el pilar operativo, del cual se pueden realizar el monitoreo, gestión de valorizaciones, gestión de usuarios, etc. Estos servicios de control corresponden a micro servicios alojados en cloud, cuales podrán ser accedidos desde cualquier lugar que tengan conexión a internet o 3G/4G.

b) APLICACIÓN CONDUCTOR (Driver):
Aplicación de escritorio o Móvil, por medio de la cual ei conductor se registra ingresando su número de teléfono y e-maíl, asociando los dominios de sus vehículos.

Por medio de esta podrá realizar las siguientes acciones:
_Realizar la compra de crédito, a través de todos los medios de pago aceptados, el cual se acreditará a su monedero virtual.
La compra de crédito también podrá realizarse acercándose e! usuario a uno de los comercios habilitados como Puntos de Ventas, donde se podrá abonar en efectivo acreditándose dicha suma en su monedero virtual. En caso de usuarios que no se encuentren registrados en la app, podrán adquirir un ticket de estacionamiento abonando en efectivo.
_Abonar por el tiempo de estadía dentro de las zonas de estacionamiento medido, indicando el dominio del vehículo que estacionará y la cantidad de tiempo.
_Finalizar el estacionamiento de manera anticipada.
_ Agregar o eliminar dominios asociados a su cuenta.
_Acceder y abonar las infracciones que en el marco del sistema de estacionamiento medido pudieran generarse correspondientes a sus dominios asociados, las cuales serán cargadas por la MUNICIPALIDAD.-

c) APLICACIÓN DE CONTROLADOR
La MUNICIPALIDAD llevará a cabo las actividades de control de tránsito, mediante el uso de la aplicación Móvil provista por la FUNDACIÓN, los inspectores de tránsito podrán controlar la situación de los vehículos estacionados en la vía pública dentro de la zona de estacionamiento medido, accediendo a la información referente a cantidad de vehículos estacionados, dominios, ubicación de los mismos en un mapa y vehículos cuyo tiempo de estacionamiento se encuentre próximo a vencer.-

d) APLICACIÓN CENTRO DE CONTROL Y MONITOREO
Aplicación Web, desde donde se podrá monitorear la actividad de los inspectores por parte de la MUNICIPALIDAD, quien se encargará de forma exclusiva de las actividades de estos, no teniendo la FUNDACIÓN intervención alguna sobre los mismos.

La MUNICIPALIDAD podrá geolocalizar la actividad de los inspectores, definir su zona de inspección y control mediante geocercas (geofences), permitiendo de esta manera un control eficiente.-

2) Procedimiento:
Los vecinos deberán registrarse en la app, a la que podrán acceder por medio de sus teléfonos celulares, tablets, o por medio de una computadora, mediante el ingreso de su número de teléfono y e-mail. Deberán asociar los dominios correspondientes a sus vehículos y adquirir crédito por cualquiera de las formas mencionadas ut supra, a través de! sistema de pago asociado a la app, o por medio de la compra de crédito en uno de los comercios adheridos, el cual se acreditará en su monedero virtual para ser utilizado cuando lo requieran. Este crédito les permitirá abonar por la permanencia de sus vehículos dentro de la zona de estacionamiento medido, la que será definida por la MUNICIPALIDAD.-

Deberán ingresar a la app, seleccionar el dominio correspondiente al vehículo que desean estacionar, elegir una ubicación que se encuentre disponible dentro del mapa de la zona de estacionamiento medido e indicar el tiempo por el que permanecerán (opcional), o dar "Inicio" en la APP para que comience a utilizarse el crédito, y una vez que retire su vehículo seleccionar "Finalizar", figurando en la aplicación el tiempo que estuvo y el crédito consumido.

En caso de no encontrarse registrados en la Aplicación, deberán acercarse a uno de los comercios adheridos como Puntos de Venta y abonar por el tiempo de estacionamiento, con un costo mayor por la comisión que cobrará el comercio.

En caso de que un inspector constate un vehículo en infracción, ya sea por: encontrarse estacionado sin haber abonado; haberse vencido el tiempo de estacionamiento y/o encontrarse estacionado en lugar prohibido; podrá cargar la situación en la aplicación de controlador, a fin de que esta pueda vincularlas al titular del dominio correspondiente, para luego notificarlo de la infracción pertinente.-


Lorenzo Rodrigo BECCARIA
Presidente Fundación Saber Cómo
  

Dra. LUCIA T. QUINTO
Directora de Asuntos Jurídicos