Ordenanza Nro. 4906


CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 - 269/21.-

V I S T O:
La solicitud presentada por  Chialina Reynaldo Marcelo en representación de ÑACUTRUST  para el Proyecto Arbox  Zarate, en el Expediente Municipal Nº 4121-1160/2021,  en relación a la eximición del cumplimiento del retiro lateral derecho de 5 metros establecido en el Código de Planeamiento del Partido de Zárate para las Zonas de Equipamiento Industrial (El) y Banda de Circulación (BC), para el proyecto localizado en un predio de su propiedad, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción II, Parcela 207 f, y.-

CONSIDERANDO:
Que, el referido proyecto responde a un proceso de modernización del Centro Logístico con frente a la Ruta Provincial N°6 a la altura del Km. 206 del Partido de Zárate, y se halla condicionado en su resolución por la existencia de instalaciones electromecánicas y la necesidad de espacio para el desplazamiento, maniobra y estacionamiento de los vehículos que operan en el establecimiento.-

Que, el proyecto verifica los indicadores de ocupación (F.O.S. y F.O.T.) y alturas establecidas en el Código de Planeamiento del Partido de Zárate para las Zonas de Equipamiento Industrial (El) y de Banda de Circulación (BC).-

Que, el no cumplimiento del Retiro lateral derecho en sólo 5 metros frente a una longitud de parcela de 233,09 metros, no representa riesgos para las propiedades linderas o para las personas que en ellas se desempeñan.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZARATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 4906.-

ARTÍCULO 1º.- Exímase del cumplimiento del retiro lateral derecho (5m) - establecido en el Título 3.4. Cuadro General por Zonas y Título 3.5. Planillas Síntesis por Zonas: Zona BC y Zona  a la parcela designada con nomenclatura catastral CII, Pla. 207 f, localizada  sobre la Ruta Provincial N° 6 para el desarrollo de las Instalaciones y Edificio correspondientes al Proyecto Arbox Zárate.- 

ARTÍCULO 2º.- Lo establecido en el Artículo anterior será de aplicación y tendrá vigencia sólo para el proyecto y empresa mencionado conforme al plano que, como Anexo I, forma parte de la presente Ordenanza. Cualquier modificación y/o cambio del mismo deberá ser oportunamente evaluado por el Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate.- 

ARTÍCULO 3º.-Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a dar curso a la tramitación del permiso de construcción respectivo en base a lo establecido en el Artículo 1º.- 

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable  Concejo Deliberante  del Partido  de Zárate, a los tres días del mes de Diciembre de dos mil veintiuno.-