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N° Expediente: 326/24 Clase de Expediente: Ordenanza Título / Síntesis: Convalidando Contrato Adrian Mercado.- Autor Dep. Ejecutivo - (3767/24) Fecha de Ingreso: 2024-08-20 Estado del Expediente: Incluido en Orden del Día CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 326/24.- PROYECTO DE ORDENANZA VISTO: El expediente N° 4121-3767/2024; y-
CONSIDERANDO: Que en el expediente citado en el Visto lucen las actuaciones correspondientes al relevamiento del patrimonio automotor municipal en el marco de lo establecido en la Ordenanza N° 5112; Que dicha Ordenanza autoriza a enajenar vehículos automotores registrables usados, quedando comprendidos entre estos a los automóviles, camionetas, camiones, micros, motocicletas, cuatriciclos y similares, para lo que se requiere la intervención de la Comisión Municipal de Tasaciones creada por Decreto N° 938/2015 y sus modificatorios; Que a fs. 46/48 se agrega el listado de vehículos a dar de baja en una primera etapa del proceso aprobado por Ordenanza N° 5112; Que el artículo 159 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades establece que los bienes municipales serán enajenados por remate o licitación pública; Que a fs. 11/12 luce el contrato celebrado con ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. para la realización del remate público requerido por la normativa; Que conforme al artículo 41 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Deliberativo autorizar convenios con empresas privadas; Que por otra parte, corresponde autorizar al Departamento Ejecutivo a dar de baja del inventario de bienes de uso del Municipio los bienes que resulten vendidos por medio de la subasta; Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente, O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°.- Convalidase en todas sus partes el contrato de Autorización de Subasta suscripto con la empresa ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. que se agrega como Anexo I de la presente, en el marco de lo dispuesto en la Ordenanza N° 5112.
ARTÍCULO 2°.- Autorizase, con arreglo a lo dispuesto por el art.159 del Dto. Ley 6769/58, la enajenación por remate público de los bienes que conforman el patrimonio municipal y que se detallan como Anexo II, que se realizará el día viernes 13 de septiembre de 2024 a través de la página web www.adrianmercado.com.ar.
ARTÍCULO 3°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento de Patrimonio de la Contaduría Municipal identifique y registre la baja de los bienes dispuestos en el artículo precedente, una vez concluido el procedimiento de enajenación por remate público.
ARTÍCULO 4°.- De forma.
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