N° Expediente: 326/24


Clase de Expediente: Ordenanza

Título / Síntesis: Convalidando Contrato Adrian Mercado.-

Autor Dep. Ejecutivo - (3767/24)

Fecha de Ingreso: 2024-08-20

Estado del Expediente: Incluido en Orden del Día

CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 326/24.-

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

El expediente N° 4121-3767/2024; y-

 

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el Visto lucen las actuaciones correspondientes al relevamiento del patrimonio automotor municipal en el marco de lo establecido en la Ordenanza N° 5112;

Que dicha Ordenanza autoriza a enajenar vehículos automotores registrables usados, quedando comprendidos entre estos a los automóviles, camionetas, camiones, micros, motocicletas, cuatriciclos y similares, para lo que se requiere la intervención de la Comisión Municipal de Tasaciones creada por Decreto N° 938/2015 y sus modificatorios;

Que a fs. 46/48 se agrega el listado de vehículos a dar de baja en una primera etapa del proceso aprobado por Ordenanza N° 5112;

Que el artículo 159 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades establece que los bienes municipales serán enajenados por remate o licitación pública;

Que a fs. 11/12 luce el contrato celebrado con ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. para la realización del remate público requerido por la normativa;

Que conforme al artículo 41 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Deliberativo autorizar convenios con empresas privadas;

Que por otra parte, corresponde autorizar al Departamento Ejecutivo a dar de baja del inventario de bienes de uso del Municipio los bienes que resulten vendidos por medio de la subasta;

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente,

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°.- Convalidase en todas sus partes el contrato de Autorización de Subasta suscripto con la empresa ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. que se agrega como Anexo I de la presente, en el marco de lo dispuesto en la Ordenanza N° 5112.

 

ARTÍCULO 2°.- Autorizase, con arreglo a lo dispuesto por el art.159 del Dto. Ley 6769/58, la enajenación por remate público de los bienes que conforman el patrimonio municipal y que se detallan como Anexo II, que se realizará el día viernes 13 de septiembre de 2024 a través de la página web www.adrianmercado.com.ar.

 

ARTÍCULO 3°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento de Patrimonio de la Contaduría Municipal identifique y registre la baja de los bienes dispuestos en el artículo precedente, una vez concluido el procedimiento de enajenación por remate público.

 

ARTÍCULO 4°.- De forma.

 

 



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