El mismo se aprobó por unanimidad de los Concejales presentes obteniendo 16 votos positivos y convirtiéndose en la RESOLUCIÓN Nº 2901 emanada del Cuerpo Legislativo de nuestra Ciudad.
A continuación se puede leer la resolución completa con sus vistos y considerandos.
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121 - H.C.D. 449/16.-
VISTO:
La presentación realizada por la Sra. Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires Lic. María Eugenia Vidal en la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires en referencia a modificación de Ley N° 11.922 y modificatorias - Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires y modificación de Ley Nº 12.256 y modificatorias - Ley de Ejecución Penal Bonaerense, y;
CONSIDERANDO:
Que, con la modificación de ambas Leyes se trata de potenciar el rol de la víctima dentro del proceso penal, brindándole diversas herramientas dentro de dicho proceso donde le permite a la misma un rol con mayor protagonismo, y así junto al Estado llevaran el desarrollo y control del proceso.-
Que, dicho Proyecto de Ley modificación de ambas Leyes obliga al Estado Provincial y Municipal a velar por la protección de las víctimas, proporcionar ayuda, asistencia y/o reparación integral.-
Que, los principios de Dignidad, Buena Fe, Celeridad, Tratamiento especial, Igualdad, Máxima Protección, Evitar Re victimización, Participación Conjunta, Transparencia y Publicidad serán las bases para la creación de mecanismos, medidas, y procedimientos que diseñe y elabore esta Ley.-
Que, a la luz de la carta iberoamericana de derechos de las víctimas en su búsqueda de dar mayores derechos a la víctima propiciando acercarse a un verdadero equilibrio entre las partes, garantizando su ejercicio en todo tipo de proceso judicial.-
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:
R E S O L U C I Ó N Nº 2 9 0 1.-
ARTÍCULO 1º.- Declarar de "Interés Legislativo" al Proyecto de Modificación de ambas Leyes que llevan como número de Referencia 3393-3394 presentados el 21 de Septiembre del corriente año en la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º.- Sírvase comunicarle la adhesión a la Honorable cámara de Senadores, a fin de acompañar el apoyo de su tratamiento favorable.
ARTÍCULO 3º.- Envíese copia a todos los Honorables Concejo Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires para que adhieran al presente proyecto de Resolución.
ARTÍCULO 4º.- Envíese copia a todos los Medios de Comunicación Social, a la Honorable Cámara de Senadores de La Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los veinticuatro días del mes de Octubre de dos mil dieciséis.